Publicado el Lunes 04 de Enero del 2010 @ 19:38 por Armonth.
Actualización: aunque la mona se vista de seda…. Por lo visto vuelven a utilizar el lenguaje para intentar disfrazar lo que se dice realmente. Se sigue cerrando sin orden judicial: el juez no puede influir en la decisión de cierre, sólo puede concluir si, de hacerlo, se vulneraría algún derecho de los que sufran el cierre.
Por cierto, muy contundente David al final (negritas mías):
Para saber qué se pretende solucionar con la reforma legal no hay más que analizar dónde está el problema de la industria que la promueve, y éste no se encuentra en que sus solicitudes de cierre se resuelven tarde, sino que se resuelven en su contra. O dicho de otro modo: si aceptamos que las reformas legales pretenden sustituir lo que no funciona por algo mejor, es evidente que con esta propuesta lo que se nos está diciendo desde el gobierno es que en los casos de páginas de enlaces lo que no funcionan son los jueces.
Leo en Barrapunto acerca del último plan que “supuestamente” (como bien indican puede ser un globo sonda) tiene en mente el gobierno para poder censurar páginas web según publican en una entrada de El País.
La idea es crear una Comisión de Propiedad Intelectual que decidirá si una web debe ser cerrada o no… o si debe retirar (censurar) un contenido. La novedad es que debe ser un juez quien decida si la solicitud es pertinente. Lo gracioso es que ese juez no tiene porque indagar, lo único que tiene que hacer es asegurarse que de aceptar la petición no se vulnera ningún derecho fundamental. Luego cito parte del artículo de El País:
No obstante, el fondo del asunto es decir, la controversia derivada de si la página web vulnera o no la ley -en este caso la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y la Ley de Propiedad Intelectual (LPI)- pueden ser dirimidas a posteriori por los cauces ordinarios.
La verdad es que hasta que se sepan los detalles (por aquello de que el diablo está en los detalles) tocará ser exceptico. No por nada pero tal como venden la nueva medida es totalmente inutil y no tiene mucho sentido. Por un lado si se deben garantizar a toda costa los derechos fundamentales no se puede cerrar un sitio así como así porque a poco que tenga una zona donde dar opiniones (blog, foro, o en la misma portada) al hacerlo estaría rompiendo el derecho a la libertad de expresión.
Por otro si la ley sólo trata la figura del juez como un simple filtro y luego la demanda va por “cauces ordinarios” aplicando la LPI o la LSSI entonces, al menos en España, todo seguirá igual ya que en la mayoría de los casos que hubo en España la norma ha sido el sobreseimiento de la demanda o se le ha dado la razón a los encargados de las webs.
Sin más detalles lo único que genera esto son dudas y, de aplicarse, colapsar todavía más los juzgados con jueces ocupados full time en aceptar o denegar cientos de peticiones. No olvidemos — como apunta Barrapunto al final de la entrada — que esa nueva comisión de propiedad intelectual nada más nacer (si es que lo hace) tendrá que revisar el listado de la SGAE y el de las webs autoinculpadas lo cual ya son 800 sitios…